Título IX y Colegio Comunitario de Santa Fe

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AVISO DE NO DISCRIMINACIÓN

Santa Fe Community College (SFCC o el Colegio) no discrimina por motivos de sexo y prohíbe la discriminación sexual en cualquier programa o actividad educativa que lleve a cabo, como lo exige el Título IX y sus reglamentos, incluso en la admisión y el empleo.

Las consultas sobre el Título IX pueden dirigirse al Coordinador del Título IX de SFCC, a la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de los EE. UU. o a ambos. El Coordinador del Título IX de SFCC es Chris Gettler, Director de Seguridad y Protección, Sala 101, chris.gettler@sfcc.edu, 505-428-1136.

La política de no discriminación y los procedimientos de quejas de SFCC se pueden encontrar en Política de SFCC 2-23 Discriminación y acoso estudiantilPolítica de SFCC 4-9 Discriminación y acoso de empleados.

Para informar sobre una conducta que pueda constituir discriminación sexual o presentar una queja por discriminación sexual según el Título IX, consulte la sección “Tiene opciones” a continuación.


Santa Fe Community College se compromete a establecer y mantener un entorno libre de todas las formas de acoso y discriminación para todos los miembros de la comunidad universitaria. El Colegio no discrimina por motivos de raza, color, religión o credo, origen nacional o ascendencia, género, identidad de género, orientación sexual, edad, discapacidad física o mental, condición médica grave, afiliación conyugal, estado de veterano, embarazo, genética información, ciudadanía,
y cualquier otra base prohibida por la ley.

Así es como podemos ayudar

El equipo del Título IX de SFCC está a cargo de investigar, apoyar, maximizar la seguridad del campus y promover la capacidad de todos para vivir y aprender en SFCC en un entorno libre de conducta sexual inapropiada y/o discriminación por motivos de género.

Coordinador del Título IX
chris gettler
Director de seguridad y protección
505-428-1136 | chris.gettler@sfcc.edu

Investigadores del Título IX
Jonathan Luján
Supervisor de seguridad y protección
505-428-1367 | jonathon.lujan@sfcc.edu

Te podemos ayudar:
Obtenga y conéctese con recursos, comprenda su derecho a buscar medidas de protección como órdenes de no contacto, órdenes de prevención de acoso y órdenes de prevención de abuso, y organice apoyo provisional y medidas de protección, como modificaciones académicas o de vivienda.

Si ha experimentado una conducta sexual inapropiada, debe:
Comuníquese con la policía, busque atención médica para evaluar las necesidades de salud inmediatas y preservar evidencia, obtenga anticoncepción de emergencia (si corresponde) y busque apoyo emocional confidencial.

“A ambas partes de una denuncia se les ofrece la misma oportunidad de presentar información, identificar testigos, contar con el apoyo de un asesor y proporcionar información sobre las denuncias”.

  • aprender en SFCC libre de discriminación de género,
  • para presentar una queja de acuerdo con la Política de acoso sexual de SFCC,
  • para solicitar una investigación criminal con la policía,
  • a apoyo provisional y medidas de protección razonables para ayudarlo a continuar aprendiendo en SFCC,
  • comprender que la SFCC está obligada a realizar una investigación rápida y exhaustiva de todos los informes de conducta sexual inapropiada,
  • para solicitar y obtener una Orden de No Contacto y para recibir información sobre las Órdenes de Prevención de Acoso y Prevención de Abuso,
  • para utilizar recursos, procesos o apoyo y para informar al Coordinador del Título IX si sus derechos han sido violados,
  • estar libre de represalias por informar que sus derechos han sido violados,
  • para acceder a los servicios de salud y apoyo dentro y fuera del campus, y
  • ser informado sobre el progreso de la investigación en su caso.

SFCC se adhiere a todas las leyes de derechos civiles federales, estatales y locales que prohíben la discriminación en el empleo y la educación. SFCC no discrimina en sus prácticas de admisión [excepto según lo permita la ley], en sus prácticas de empleo o en sus programas educativos o actividades en función del sexo/género.

Como receptor de asistencia financiera federal para actividades educativas, el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972 requiere que SFCC garantice que todos sus programas y actividades educativas no discriminen por motivos de sexo/género.

El sexo incluye [sexo, estereotipos sexuales, identidad de género, expresión de género, orientación sexual y
estado de embarazo o paternidad].

SFCC también prohíbe las represalias contra cualquier persona que se oponga a la discriminación o participe en cualquier investigación de discriminación o proceso de queja interno o externo a la institución. El acoso sexual, la agresión sexual, la violencia doméstica y en el noviazgo y el acecho son formas de discriminación sexual que están prohibidas por el Título IX y la política de SFCC.

Cualquier miembro de la comunidad del campus, invitado o visitante que actúe para negar, privar o limitar el acceso, las oportunidades y/o los beneficios educativos, laborales, residenciales o sociales de cualquier miembro de la comunidad de SFCC en función del sexo está en violación de la política de discriminación y acoso sexual de SFCC (consulte la política 2-23).

Cualquier persona puede denunciar la discriminación sexual (ya sea que la persona que informa sea o no la persona que presuntamente experimentó la conducta), por teléfono, correo electrónico, video, utilizando la información de contacto que figura para el Coordinador del Título IX (a continuación). Se puede hacer un informe en cualquier momento (incluso fuera del horario laboral) de la misma manera comunicándose con el Coordinador del Título IX, el Oficial de Asuntos Estudiantiles o el Director Ejecutivo de la Oficina de Recursos Humanos.

“Ninguna persona en los Estados Unidos, por motivos de sexo, será excluida de la participación, se le negarán los beneficios o será objeto de discriminación en virtud de cualquier programa educativo o actividad que reciba asistencia financiera federal”. – Título IX de la Reforma Educativa de 1972

Tiene la opción de iniciar una queja alegando conducta sexual inapropiada a través del Proceso de Asuntos Estudiantiles de SFCC. Cualquier miembro del equipo del Título IX puede ayudarlo a navegar el proceso. Consulte al Oficial de Asuntos Estudiantiles y/o consulte el Manual del Estudiante para obtener más información.

También puede solicitar una investigación penal por cualquier conducta delictiva que haya sufrido.

Para obtener más información sobre el proceso penal, comuníquese con SFCC Safety and Security al 505-428-1244 o con el alguacil del condado de Santa Fe al 505-986-2400.

El Colegio tomará medidas inmediatas y receptivas a cualquier informe de represalia y tomará enérgicamente medidas disciplinarias según corresponda.

Puede hablar confidencialmente con los siguientes recursos sobre su experiencia o inquietudes con respecto a la conducta sexual inapropiada. Estas personas no tienen la obligación de compartir su información personal con el Equipo del Título IX. NO se solicitará una respuesta del Título IX si habla con cualquiera de los recursos a continuación en la ubicación especificada.

  • Servicios de asesoramiento de SFCC
    505-428-1682 or 505-428-1839
  • Centro de Tratamiento de Crisis Solace de Santa Fe
    505-988-1951
  • Christus San Vicente
    Sala de emergencias del centro médico regional

    505-913-3934

Si está listo para hablar en privado sobre su experiencia o para informar cualquier inquietud sobre equidad de género, puede hablar con cualquier miembro del Equipo del Título IX, la facultad de SFCC o el personal de SFCC. Todo el personal y los miembros de la facultad de SFCC son informantes obligatorios y, como tales, deben compartir información relacionada con la conducta sexual inapropiada con un miembro del equipo del Título IX. Luego se inicia una respuesta del Título IX (consulte “Proceso de respuesta del Título IX, a continuación”).

El Equipo del Título IX hace todo lo posible para proteger la privacidad de todas las personas.

Adaptaciones durante el embarazo para estudiantes

SFCC se compromete a crear un entorno accesible e inclusivo para estudiantes embarazadas y con hijos.

El Título IX de las Enmiendas a la Educación de 1972 prohíbe la discriminación basada en el sexo en los programas o actividades educativas, incluidos los programas o actividades escolares académicas, educativas, extracurriculares, atléticas y de otro tipo. Esta prohibición incluye la discriminación contra estudiantes embarazadas y con hijos.

Los estudiantes pueden solicitar adaptaciones basadas en las necesidades generales del embarazo o adaptaciones basadas en una condición relacionada con el embarazo. Algunos ejemplos incluyen:
• Un escritorio más grande
• Descansos durante la clase, según sea necesario
• Reprogramación de pruebas o exámenes
• Justificación de ausencias por embarazo o condiciones relacionadas
• Envío de trabajos después de una fecha límite incumplida debido a un embarazo o parto
• Proporcionar alternativas para recuperar el trabajo perdido
• Permitir ausencias justificadas para padres de estudiantes (tanto madres como padres) que necesitan llevar a sus hijos a citas médicas o cuidar a sus hijos enfermos.

¿Cómo solicito ajustes?
Las solicitudes de ajuste deben dirigirse a la oficina de Servicios de accesibilidad estudiantil. Esa oficina discutirá las necesidades de la persona embarazada o con hijos y notificará a los instructores.

Solicitud de Alojamiento para Estudiante Embarazada

Manual para estudiantes embarazadas

ver la universidad Políticas de Acoso Sexual y Discriminación

La Regla del Título IX requiere que el personal universitario del Título IX sea imparcial y libre de conflictos de intereses.
El personal del Título IX incluye al Coordinador del Título IX, cualquier investigador, cualquier tomador de decisiones y cualquier persona que facilite una resolución informal (como la mediación).
Las escuelas deben asegurarse de que el personal del Título IX reciba capacitación de la siguiente manera:

– Sobre la definición del Título IX de “acoso sexual”
– Sobre el alcance del programa o actividad educativa de la escuela
– Sobre cómo llevar a cabo un proceso de investigación y quejas
– Sobre cómo servir imparcialmente, incluso evitando prejuzgar los hechos en cuestión
– Sobre cómo evitar conflictos de intereses y sesgos

Los encargados de tomar decisiones deben recibir capacitación sobre cualquier tecnología que se utilice en una audiencia en vivo y sobre temas relacionados con la pertinencia de las preguntas y las pruebas, incluso cuando las preguntas y las pruebas sobre la predisposición sexual o el comportamiento sexual anterior del denunciante no son pertinentes.

Los investigadores deben recibir capacitación sobre temas relevantes para crear un informe de investigación que resuma de manera justa la evidencia relevante.

El Coordinador, Investigador y Tomadores de Decisiones del Título IX de Santa Fe Community College completó las siguientes capacitaciones a través de ATIXA:

Certificación de Nivel Uno de Coordinador y Administrador del Título IX, 19 y 20 de enero de 2021. Un curso virtual ATIXA de dos días “Capacitación y certificación de nivel uno de coordinador y administrador del Título IX” cumple con los requisitos de capacitación del Título IX.

Certificación de Nivel Dos de Coordinador y Administrador del Título IX, 4, 11, 18 y 25 de febrero de 2021. Un curso virtual ATIXA de dos días “Capacitación y certificación de nivel dos de coordinador y administrador del Título IX” cumple con los requisitos de capacitación del Título IX.

Lo que el equipo del Título IX debe saber sobre las acusaciones de acecho. 21 de julio de 2022. Webinar de medio día de ATIXA.

Los materiales de capacitación del curso de certificación están disponibles en Recursos de capacitación de ATIXA.

El Coordinador e Investigador del Título IX participan en desarrollo profesional continuo adicional a lo largo del año, incluida la capacitación sobre el Título IX, la notificación obligatoria y temas relacionados a través de ATIXA y otras organizaciones profesionales.

Curso de capacitación y certificación para oficiales de audiencias y tomadores de decisiones del Título IX (ATIXA): este curso de capacitación se centró en definir el papel de un tomador de decisiones en los procedimientos del Título IX, aplicar políticas con precisión y tomar determinaciones basadas en hechos concretos.
evidencia.

Taller de redacción de fundamentos para tomadores de decisiones e investigadores (ATIXA): este curso de capacitación de medio día tenía como objetivo preparar a los investigadores y tomadores de decisiones para redactar fundamentos claros y defendibles para audiencias de decisiones y apelaciones.

Curso de Certificación de Asesores del Título IX (ATIXA): un curso centrado en definir el papel de los asesores a lo largo de los procedimientos del Título IX y servir como un asesor eficaz para el denunciante o el demandado en el proceso del Título IX.
Resolución informal de nivel uno: fundamentos (ATIXA): este curso de capacitación detalló los tipos de resoluciones informales y las consideraciones para determinar la idoneidad de las resoluciones informales y cómo implementar un proceso de resolución informal de acuerdo con los procedimientos de quejas de una institución.