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4-53: Transferencia de Empleados – Procedimientos

Para acomodar la transferencia de un empleado, las fechas deben coordinarse a través de los dos departamentos involucrados, con el apoyo de la Oficina de Recursos Humanos (OHR). El departamento de recepción (al que se transfiere un empleado) es responsable de orientar a su nuevo empleado a su oficina junto con todas las reglas y procedimientos del departamento.

  1. El supervisor actual debe verificar que se hayan cumplido todos los criterios de elegibilidad para la transferencia de un empleado, incluida la verificación del desempeño laboral anterior del empleado, antes de recomendar la transferencia de un empleado.
  2. Después de que la OHR haya seleccionado y aprobado a un empleado para transferirlo a otro departamento, los directores/supervisores de los respectivos departamentos determinarán una fecha de transferencia aceptable para ambas partes. Cuando un empleado asuma el nuevo trabajo, la fecha de inicio será un acuerdo mutuo entre el supervisor actual y el futuro supervisor. El empleado transferido no decide la fecha de inicio.
  3. Se debe dar un aviso de al menos dos semanas al departamento actual antes de la fecha de transferencia.
  4. El supervisor receptor debe recibir una evaluación de desempeño completa del supervisor anterior sobre el empleado transferido antes de la fecha de transferencia acordada o no más tarde de 30 días después de la fecha efectiva de la transferencia.
  5. Todos los empleados que se transfieran a un nuevo departamento deben asegurarse de que el nuevo supervisor los oriente hacia el nuevo departamento y que aprendan todos los procedimientos del departamento.
  6. Si un empleado es transferido involuntariamente a otro puesto debido a circunstancias especiales como se define en la Política 4-40 Acciones de empleo en circunstancias especiales, el empleado firmará un documento declarando que el cambio es involuntario, reconociendo el cambio de asignación y cualquier otro cambio relacionado con el empleo. incluidos, entre otros, el estado de prueba, los cambios en el pago y las horas, y los cambios en el estado laboral.
  7. Los períodos de prueba no pueden exceder un máximo de 18 meses como se describe en la Política 4-31 Clasificaciones de empleo.
  8. Si el nuevo puesto da como resultado una calificación salarial por encima o por debajo del puesto anterior, la OHR volverá a evaluar el nuevo nivel de compensación.

Contacto:

Yash Morimoto, Ph.D., Vicepresidente de Estrategia y Efectividad Organizacional, yash.morimoto@sfcc.edu, 505-428-1765.

doña castro, Director de Recursos Humanos
donn.castro@sfcc.edu
, 505-428-1019

Actualizado: 12/14/2016
Revisado: 2/3/2026