Comentarios

6-7: Gastos de viaje y reembolso

Resumen de la política


Esta política rige el reembolso de viajes y otros gastos incurridos durante el curso del empleo, como parte de un curso universitario o actividad extracurricular y/o en el servicio oficial a Santa Fe Community College (SFCC o College).

Alcance y aplicabilidad


Esta política se aplica a todos los empleados y estudiantes actualmente matriculados. Los miembros de la Junta de Gobierno consultan la Política 1-25, Remuneración y viajes de la Junta.

Declaración de la política


Los viajes en asuntos oficiales de SFCC por parte de sus empleados y estudiantes son parte integral de la misión de la universidad. Los costos de viaje reembolsables deben ser el resultado de un viaje preaprobado en beneficio de y en el curso del empleo, como parte de un curso universitario o actividad extracurricular y/o en servicio oficial para el Colegio. El Colegio reembolsará los costos razonables y permitidos de este viaje de conformidad con la Ley de Per Diem y Millaje de Nuevo México, NMSA 1978 (la "Ley"), y las reglamentaciones federales aplicables. Cuando exista una discrepancia entre la Ley y los reglamentos federales, se aplicarán los reglamentos más restrictivos.

Definiciones


  1. Acto, El Per Diem and Mileage Act (10-8-1 NMSA 1978 et seq.), o estatuto sucesor.
  2. Gastos de viaje reales Reembolso de los montos reales incurridos por el Consejero, estudiante o empleado por concepto de hospedaje y alimentación durante el viaje, con el tope de las tarifas máximas permitidas conforme a la Ley.
  3. Evento o actividad patrocinado por la universidad Evento que es iniciado, administrado activamente, planificado y organizado por un miembro de la facultad o el personal de SFCC, o por miembros de una organización estudiantil reconocida que está patrocinada por el Colegio, y es aprobado por un administrador apropiado. También puede ser un evento o actividad que el Colegio gestione activamente, participe o supervise financiera, física o administrativamente. Los ejemplos de actividades y eventos relacionados con los estudiantes que caen bajo esta política incluyen, entre otros, excursiones, viajes patrocinados por clubes, actividades de organizaciones estudiantiles reconocidas y en situaciones en las que un estudiante u organización estudiantil reconocida representa oficialmente a SFCC en academias de liderazgo, conferencias u otros programas.
  4. Viajes patrocinados por la universidad Viajes como parte de una clase universitaria, oportunidades de viaje que ofrecen organizaciones estudiantiles registradas y viajes en nombre de la universidad u organización estudiantil registrada.
  5. Estudiante matriculado actualmente Alguien que está registrado para clases en SFCC, ya sea a tiempo completo o parcial.
  6. Viaje de campo o viaje de estudios Viajes incluidos en un curso de estudio para estudiantes y profesores.
  7. Inicio Medios a. Para propósitos de viáticos, el área dentro de un radio de 35 millas del lugar de residencia legal como se define en la Sección 1-1-7 NMSA 1978 (1995 Repl. Pamp.);
  8. Viajes dentro del estado Viaja dentro de los límites del estado de Nuevo México.
  9. Viajes fuera del estado Viaje más allá de los límites exteriores del estado de Nuevo México.
  10. Tarifa por día Las tasas máximas de reembolso permitidas conforme a la Ley. Las tarifas diarias se pueden pagar sin tener en cuenta si se incurre realmente en los gastos.
  11. Organización estudiantil reconocida Uno que se formó con fines educativos, profesionales, sociales, recreativos u otros fines legales, deriva la mayoría de sus miembros y todo su liderazgo del cuerpo estudiantil de SFCC, ha sido aprobado para el reconocimiento por la Oficina de Desarrollo Estudiantil y mantiene un registro vigente.
  12. Viajes con fines viáticos Estar en un negocio o actividad universitaria oficial fuera de casa como se define en este documento, y al menos a 35 millas del puesto de trabajo designado del empleado o del campus de SFCC.

Proceso de políticas


Los elementos a continuación se basan en los requisitos administrativos mínimos que deben cumplirse para que un empleado o estudiante reciba el reembolso del viaje.

  1. Costos de viaje permitidos
    El Colegio reembolsa a los empleados los gastos de viaje aprobados de acuerdo con la Ley y las reglamentaciones federales aplicables.
  2. Costos de viaje no permitidos
    No habrá reembolso por bebidas alcohólicas o gastos personales.
  3. Aprobaciones
    Todas las solicitudes de viaje deben contar con la autorización previa por escrito del gerente de presupuesto correspondiente.
  4. Viajes en grupo (excursiones y viajes de estudio para educación académica y continua)
    Antes de participar en dicho viaje, el empleado que dirige el viaje grupal debe obtener una autorización por escrito del Decano o Director que supervisa la oferta del programa.

1. Cada estudiante participante debe completar un formulario de reconocimiento y renuncia de responsabilidad antes de viajar.

Declaración de Rendición de Cuentas y Responsabilidad


El Presidente, a través del Vicepresidente de Finanzas/Director Financiero y la Oficina de Finanzas, será responsable de hacer cumplir las políticas y los procedimientos relacionados con las finanzas. La Oficina de Finanzas trabajará con los diferentes departamentos y oficinas para cumplir con esta política y desarrollar procedimientos que harán cumplir esta política con respecto a la concientización, prevención y remediación.

Autoridad

Ley de viáticos y millaje de Nuevo México (10-8-1 NMSA 1978) y siguientes.)
Política de SFCC 1-25 Viajes a bordo y compensación

Aprobación

Aprobado por la Junta de Gobierno de SFCC: 6/26/08
Revisado y aprobado por la Junta de Gobierno: 2/18/16

Procedimientos Asociados