Resumen de la política
Esta política proporciona pautas sobre el uso de todo tipo de sistemas de cámaras de vigilancia y la colocación de cámaras de vigilancia ubicadas en las instalaciones de Santa Fe Community College (SFCC o College). Para garantizar la protección de los derechos de privacidad individuales de quienes trabajan, asisten o visitan SFCC, esta política formaliza el proceso de uso de equipos de videovigilancia en la propiedad del Colegio.
Alcance y aplicabilidad
Esta política describe las condiciones bajo las cuales se utilizarán imágenes o videos almacenados y cuándo y cómo se instalarán cámaras de vigilancia como parte de la disuasión del crimen; capturar evidencia de un crimen; promover la salud y la seguridad; integridad académica en los centros de evaluación; y para salvaguardar y monitorear la propiedad física de SFCC. Se aplica a todas las ubicaciones de SFCC, ya sean propias o alquiladas, donde se instalen cámaras de vigilancia. Esta política se aplica a todos los estudiantes y todos los empleados. También se aplica a los contratistas, proveedores de servicios y visitantes. Las instituciones financieras autorizadas que utilizan cámaras de seguridad para monitorear las ubicaciones de los bancos y los cajeros automáticos ubicados en las instalaciones de SFCC están exentos de esta política.
Declaración de la política
A través de esta política, SFCC se compromete a mejorar la calidad de vida de la comunidad del campus mediante la integración de las mejores prácticas de seguridad y protección. Reconoce que el uso de la tecnología de videovigilancia es parte de un plan integral de seguridad.
Definiciones
- Integridad academica Un principio fundamental que es importante para el Colegio. Los estudiantes son responsables de garantizar que sean honestos en sus actividades académicas. La deshonestidad académica significa cualquier comportamiento que tergiverse o falsifique el conocimiento, las habilidades o la capacidad del estudiante con el objetivo de una evaluación o ganancia injustificada o ilegítima e incluye trampa, plagio y falsificación de registros.
- Nuestros es cualquier miembro de la fuerza laboral de la universidad: todo el personal (regular a tiempo completo, regular a tiempo parcial, a término, temporal, a prueba, puesto sensible); todos los estudiantes empleados; todo el cuerpo docente (tiempo completo, medio tiempo, adjunto, a prueba); todos los administradores, incluidos los interinos; todos los trabajadores contratados.
- IPRA es el acrónimo de la Ley de Inspección de Registros Públicos de Nuevo México (NMSA 1978, §§ 14-2-1 et seq.)
- Áreas de privacidad son áreas como baños, salas de lactancia, áreas de duchas y vestuarios, y oficinas privadas donde los estudiantes y el personal tienen una expectativa razonable de privacidad según lo define la ley.
- Equipos de Vigilancia de Seguridad es un equipo o dispositivo que se utiliza para monitorear, rastrear u observar personas o cosas relacionadas con cualquier tipo de proceso de investigación o obtención de pruebas, en el que es obligatoria la necesidad del más alto grado de seguridad, de manera que no comprometa la operación en general o el personal en particular.
- Cámara de vigilancia es una cámara, tecnología o dispositivo de comunicaciones propiedad de SFCC que se utiliza solo o en conjunto con una red con el fin de recopilar, monitorear, grabar o almacenar una imagen o imágenes de las instalaciones del Colegio y/o personas en las instalaciones del Colegio por motivos de seguridad. Esto no incluye el equipo de audio o visual del salón de clases con fines educativos. La captura de imágenes puede utilizar cualquier formato tecnológico.
- Monitoreo o Grabación de Vigilancia se refiere al uso de una cámara u otra tecnología relacionada para observar, revisar, informar o almacenar imágenes visuales para disuadir el crimen, proteger la seguridad de SFCC, capturar evidencia de un crimen. Esto no incluye el equipo de audio o visual del salón de clases con fines educativos.
- Vídeo es el término completo para todas las imágenes grabadas (fijas o de acción) que se abordan como parte de esta política. Las imágenes son solo visuales y no incluyen audio; sin embargo, pueden incluir, entre otros, datos, filmaciones, imágenes, grabaciones e información.
- Viendo el Observar la transmisión de la cámara en vivo a medida que ocurre.
Proceso de políticas
- Procedimientos de instalación y ubicaciones
- El uso de cámaras de vigilancia está limitado a aquellas que no violen la “expectativa razonable de privacidad” de una persona, tal como la ley define ese término.
- En consecuencia, las cámaras de vigilancia no se instalan ni pueden instalarse en áreas de privacidad, con la excepción de las oficinas privadas, en cuyo caso las cámaras de vigilancia solo se pueden instalar o retirar a pedido de los ocupantes con el consentimiento previo por escrito del persona(s) con expectativas razonables de privacidad en esa oficina.
- SFCC utilizará cámaras en situaciones específicas y autorizadas para apoyar el comportamiento (Política de SFCC 2-1 Código de conducta estudiantil, incluidas las pruebas; Política de SFCC 4-1 Ética y código de conducta en el lugar de trabajo del empleado).
- Todas las instalaciones nuevas, la eliminación o la reinstalación de cámaras de vigilancia existentes solo se realizarán con la aprobación previa del presidente, vicepresidente de finanzas/director financiero o su designado y deben coordinarse con la Oficina de Tecnología de la Información.
- El uso de cámaras de vigilancia por parte de la universidad para monitorear o grabar debe realizarse de manera profesional, ética y legal de acuerdo con todas las políticas existentes de la universidad.
- La manipulación de las cámaras de vigilancia o el acceso no autorizado o la duplicación de videos grabados está estrictamente prohibido.
- Se instalarán y configurarán cámaras de vigilancia para evitar la manipulación o la duplicación no autorizada del video grabado.
- SFCC instalará letreros que indiquen que las cámaras de vigilancia están en uso.
- Por lo general, no se instalarán cámaras de vigilancia en las aulas, excepto en las salas de cómputo y de evaluación o cuando lo apruebe un miembro de la facultad responsable de la sala, el decano y el presidente.
- Viendo el
- Solo el personal autorizado, según lo determine el presidente, el vicepresidente de finanzas/director financiero o su designado, participará o tendrá acceso al monitoreo de vigilancia.
- La existencia de esta política no implica ni garantiza que las cámaras serán monitoreadas en tiempo real las 24 horas del día, los siete días de la semana; sin embargo, el Colegio se reserva el derecho de hacerlo.
- El sistema de cámaras de vigilancia no garantiza que alguien en la propiedad del Colegio esté a salvo de delitos o lesiones.
- No hay garantía de que Seguridad y Protección del Campus pueda observar y responder a un delito en curso u otras emergencias.
- Las víctimas y testigos de delitos deben llamar al 911 o comunicarse con Seguridad y Protección del Campus al 505-428-1224.
- Los miembros del personal del centro de evaluación y los empleados estudiantiles utilizarán cámaras de vigilancia para monitorear las salas de evaluación con el fin de supervisar los exámenes.
- Almacenamiento y Retención
- Los datos grabados de la cámara de vigilancia se conservarán durante un mínimo de 90 días, a menos que sea necesario para continuar con la investigación de un incidente, después de lo cual los datos grabados se borrarán o destruirán.
- Todos los datos grabados se almacenarán en un almacenamiento de video en red seguro designado con acceso limitado.
- El acceso y el almacenamiento se gestionarán de acuerdo con las prácticas establecidas de la Oficina de Tecnología de la Información (Política SFCC 7-1 Tecnología, uso y seguridad de la información).
- Los datos registrados retenidos con fines de investigación se gestionarán estrictamente con acceso limitado.
- Divulgación de información
- El Vicepresidente de Asuntos Académicos y Estudiantiles, el Vicepresidente Asociado de Éxito Estudiantil o la persona designada pueden solicitar información sobre la conducta del estudiante al Departamento de Seguridad y Protección del Campus o al Centro de Pruebas.
- El personal de la universidad tiene prohibido usar o difundir información obtenida de las cámaras de vigilancia, excepto que lo apruebe el Director Ejecutivo de Mercadeo y Relaciones Públicas o su designado.
- Todas las demás solicitudes para la divulgación de información obtenida a través del monitoreo o registro de vigilancia deben presentarse al Departamento de Mercadeo y Relaciones Públicas.
- El Departamento de Mercadeo y Relaciones Públicas procesará dichas solicitudes de acuerdo con la Ley de Inspección de Registros Públicos y otras leyes y procesos legales federales y estatales que abordan la divulgación de registros de SFCC.
- Cualquier divulgación de datos registrados se documentará en un informe de seguridad y protección del campus.
- SFCC hará un intento razonable de notificar a las personas identificadas en los datos registrados.
- Cualquier empleado que viole esta política estará sujeto a medidas disciplinarias que pueden incluir el despido (Política SFCC 4-2 Acción correctiva y acción disciplinaria del empleado).
Declaración de Rendición de Cuentas y Responsabilidad
El Presidente, a través del Vicepresidente de Finanzas/Director Financiero, será responsable de hacer cumplir las políticas y procedimientos de las cámaras de vigilancia. El Departamento de Servicios Financieros y Seguridad del Campus trabajará con los diferentes departamentos y oficinas para cumplir con esta política y desarrollar procedimientos que harán cumplir esta política con respecto a la concientización, prevención y remediación.
Autoridad
Ley de Inspección de Registros Públicos de Nuevo México, NMSA 1978 §§ 14-201 et seq
SFCC Política 2-1 Código de Conducta Estudiantil
SFCC Política 4-1 Ética en el lugar de trabajo y código de conducta
Política de SFCC 4-2 Acción correctiva y acción disciplinaria para empleados
Política de SFCC 7-1 Recursos, uso y seguridad de la tecnología de la información
Aprobación
Aprobado por la Junta de Gobierno de SFCC: 9/15/15
Revisado y aprobado por la Junta de Gobierno de SFCC: 9/25/15
Revisado y aprobado por la Junta de Gobierno de SFCC: 12/2/15
Revisado y aprobado por la Junta de Gobierno de SFCC: 6/23/2021
Ver Sección 6
Ver 6-12 Procedimientos