- Asuntos Estudiantiles Revisión del Alcance y Administración de la Política
- Plazos/Límites de tiempo
- Nivel uno: Preocupaciones
- Nivel Dos: Quejas
- Autoridad del Departamento de Educación Superior de Nuevo México
Excepto por aquellos asuntos reservados como derechos y responsabilidades exclusivos de administración en esta política, un estudiante puede presentar una inquietud para resolver cualquier problema que lo involucre directamente y que esté bajo el control inmediato de la administración de SFCC.
Los estudiantes que estén involucrados o sean testigos de una situación en la que creen que otro estudiante ha violado una política de la universidad, como acoso, incluido el acoso sexual, discriminación o si tienen una inquietud relacionada con la seguridad, no deben usar esta política, pero deben informar la posible mala conducta al Oficial de Asuntos Estudiantiles inmediatamente.
El Colegio investigará la situación y tomará las medidas apropiadas en estos casos.
- Asuntos Estudiantiles Revisión del Alcance y Administración de la Política
El Oficial de Asuntos Estudiantiles es responsable de interpretar y administrar esta política.
Si un estudiante no está de acuerdo con la determinación hecha sobre si una inquietud o queja es elegible para revisión bajo esta política, puede buscar una determinación final del Vicepresidente de Asuntos Académicos y Estudiantiles. La determinación del Vicepresidente en tal caso es definitiva. - Plazos / Límites de tiempo
Una persona que busque resolver una inquietud utilizando este procedimiento debe hacerlo dentro de los 10 días calendario a partir del momento en que se dio cuenta, o debería haberse dado cuenta razonablemente, de la decisión, acción o incidente que generó la inquietud. En circunstancias extraordinarias, el Oficial de Asuntos Estudiantiles puede otorgar una extensión para permitir que el estudiante resuelva una inquietud, si el estudiante que solicita la extensión tiene una razón legítima para la demora, como ausencia del salón de clases, enfermedad u otras circunstancias atenuantes, y está en el mejor de los casos. interés del Colegio para posibilitar la resolución mediante este proceso. - Nivel uno: Preocupaciones
Hay tres pasos en el proceso de preocupación del estudiante:- Discusión informal entre las partes involucradas;
- Discusión facilitada con el Oficial de Asuntos Estudiantiles; y
- Mediación.
Paso uno: Discusión informal
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- Se alienta a los estudiantes a discutir un conflicto con los miembros de la facultad, el personal de SFCC o sus compañeros de manera abierta y respetuosa lo antes posible.
- En la mayoría de los casos, un estudiante que experimenta un conflicto primero debe discutir el asunto con la persona con la que tiene el conflicto.
- Se alienta a los estudiantes a usar la buena fe en sus discusiones informales para garantizar que su entorno de aprendizaje sea lo más positivo y beneficioso posible.
- En una situación en la que un estudiante no esté seguro de cómo dirigirse a un miembro del cuerpo docente o del personal oa un compañero con su inquietud, se le anima a buscar el apoyo y el consejo del Oficial de Asuntos Estudiantiles.
- El Oficial de Asuntos Estudiantiles es responsable de ayudar a los estudiantes a resolver sus inquietudes al:
- Proporcionar un entorno adecuadamente confidencial, seguro y de apoyo para expresar inquietudes.
- Evaluar las posibles opciones para resolver la disputa, y
- Ayudar con la implementación de soluciones prácticas.
Paso dos: Discusión facilitada con el Oficial de Asuntos Estudiantiles
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- Cuando un estudiante no ha podido resolver una disputa de manera informal, el estudiante puede solicitar una reunión con el Oficial de Asuntos Estudiantiles.
- Si es apropiado, el estudiante y el Oficial de Asuntos Estudiantiles pueden involucrar a otros que puedan estar involucrados en la disputa que forma la base de la preocupación del estudiante.
- Si un estudiante tiene una inquietud que desea plantear de esta manera, debe solicitar la reunión con el Oficial de Asuntos Estudiantiles dentro de los 10 días calendario a partir de la fecha del último intento de discusión informal.
- El Oficial de Asuntos Estudiantiles organizará una reunión dentro de los 10 días calendario posteriores a la solicitud y buscará facilitar un diálogo constructivo sobre el tema entre los estudiantes y otras personas involucradas en la disputa.
- El Oficial de Asuntos Estudiantiles trabajará para resolver la inquietud del estudiante de manera justa y rápida, y debe ayudar al estudiante ya otras personas que puedan estar involucradas a llegar a un acuerdo con las soluciones apropiadas al problema.
- En situaciones en las que estén involucrados más de dos estudiantes, se alienta a las partes a reunirse para garantizar que todas las inquietudes sobre el mismo problema se planteen al mismo tiempo y puedan resolverse de manera rápida y equitativa para todas las partes involucradas.
- Dado que se espera que esta reunión sea informal, no se mantendrá ningún registro escrito. No obstante, en su caso, el estudiante y el Oficial de Asuntos Estudiantiles, y otros según corresponda, podrán llegar a un acuerdo que decidan poner por escrito. En este caso, el Oficial de Asuntos Estudiantiles y el estudiante deben conservar una copia del resultado que acordaron.
- El Colegio espera que la mayoría de los conflictos se resuelvan en esta etapa y alienta a todos los estudiantes a hacer esfuerzos de buena fe para resolver las disputas.
Paso tres: mediación
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- Si un estudiante no puede resolver informalmente su inquietud en una discusión informal entre las partes involucradas o en una discusión facilitada con el Oficial de Asuntos Estudiantiles, puede, dentro de los 10 días calendario posteriores a la reunión con el Oficial de Asuntos Estudiantiles, solicitar una mediación para resolver el problema. inquietud. Con el acuerdo del Oficial de Asuntos Estudiantiles, se programará una sesión de mediación dentro de los 20 días calendario posteriores a la recepción de la solicitud.
- La mediación ofrece una oportunidad para que las partes en conflicto tengan una conversación constructiva entre sí, mejoren su relación, desarrollen opciones creativas para resolver su disputa y reconciliar sus diferencias.
- El mediador no prescribirá una solución para las partes. En cambio, el mediador ayudará a las partes a diseñar sus propias soluciones y facilitará un proceso en el que las partes serán responsables del resultado de la mediación.
- Los mediadores serán seleccionados de una lista de mediadores seleccionados por el Colegio. Los mediadores pueden ser contratados fuera del Colegio o pueden ser seleccionados de un grupo de mediadores internos capacitados por el Colegio.
- El Colegio será responsable de convocar la mediación y contratar los servicios del mediador, incluido el pago de los costos asociados con la mediación.
- El mediador puede solicitar que las partes preparen una declaración por escrito antes de la mediación o puede solicitar otra documentación del Colegio relacionada con la disputa.
- Nivel Dos: Quejas
Los estudiantes pueden utilizar la disposición de quejas de esta política si están planteando un problema sobre una decisión o acción de gestión específica que, de ser cierta, los afecta directamente y constituiría una violación de una política expresa del Colegio. Estas políticas incluyen, pero no se limitan a:- Una queja sobre discriminación, incluida la discriminación basada en raza, edad, religión, color, origen nacional, ascendencia, sexo, orientación sexual, identidad de género, discapacidad física o mental, condición médica grave, estado de veterano o afiliación conyugal que el estudiante cree que no fue debidamente abordado después de informar la situación a la Oficina de Recursos Humanos y ser informado del resultado de la investigación;
- Una queja sobre acoso racial o sexual que el estudiante cree que no se abordó de manera adecuada o adecuada según la Política 2-22 Acoso sexual estudiantil o la Política 2-23 Discriminación y acoso estudiantil; y
- Otras situaciones de similar gravedad.
Revisión de queja
Los estudiantes que busquen una respuesta bajo la disposición de quejas de esta política pueden seguir los pasos descritos en el Nivel Uno y también pueden optar por buscar una revisión de su queja directamente ante el Panel de Audiencia de la Universidad. Esto implica dos pasos:
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- Una audiencia ante el Panel de Audiencias de la Universidad; y
- Una decisión final por parte del Presidente del Colegio.
Panel de audiencia de la universidad
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- Un estudiante que intentó resolver una queja a través de una discusión informal y no quedó satisfecho con los resultados puede solicitar una audiencia ante el Panel de audiencia de la universidad.
- El estudiante debe enviar un Formulario de solicitud de revisión de quejas al Oficial de Asuntos Estudiantiles dentro de los 10 días posteriores a la finalización de los pasos del proceso de inquietudes.
- Un estudiante que busque la revisión de su queja directamente ante el Panel de audiencia de la universidad debe presentar un Formulario de revisión de quejas 10 días después del incidente o la decisión de la gerencia por la que está protestando.
- El formulario deberá incluir una declaración que describa la queja, la acción tomada hasta el momento y el remedio solicitado. Los formularios están disponibles con el Oficial de Asuntos Estudiantiles.
- El Oficial de Asuntos Estudiantiles revisará la solicitud para determinar si es elegible para revisión bajo esta política.
- Si es elegible, el Oficial de Asuntos Estudiantiles solicitará que se convoque un Panel de Audiencia de la Universidad.
Paso Uno: Consejo de Audiencias Universitarias
Los miembros del Consejo de Audiencias del Colegio son nominados por grupos de gobierno y elegidos por el Presidente de todos los niveles dentro del Colegio. Los miembros del consejo son designados al comienzo de cada año académico.
Paso dos: panel de audiencia de la universidad
El Panel de Audiencia del Colegio está compuesto por tres personas extraídas del grupo más grande del Consejo de Audiencia.
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- El Oficial de Asuntos Estudiantiles y la Oficina de Recursos Humanos compartirán la lista de miembros del Consejo de Audiencias Universitarias con las partes involucradas.
- El estudiante que solicita la audiencia selecciona a una persona de este grupo y la persona que responde selecciona a otra.
- Cualquiera de las personas puede oponerse a una persona seleccionada sobre la base de un conflicto de intereses, como una relación actual o anterior, lo que podría dar lugar a la apariencia de parcialidad por parte de la persona.
- La Oficina de Recursos Humanos evaluará las inquietudes de conflicto de intereses y tomará una determinación final.
- Una vez que se han identificado dos miembros, estos dos seleccionan a un tercer miembro del grupo, que se desempeña como presidente del panel de audiencia.
- El Oficial de Asuntos Estudiantiles informará a la Oficina de Recursos Humanos de la necesidad de una audiencia.
- La Oficina de Recursos Humanos notificará a las personas elegidas para el Panel de audiencia de la universidad dentro de un día calendario a partir de la recepción de una Solicitud de revisión de quejas.
- El Presidente consultará con los demás miembros del panel y fijará una fecha para la audiencia dentro de los 20 días calendario posteriores a la recepción de la notificación de la Oficina de Recursos Humanos.
- La Oficina de Recursos Humanos proporcionará personal de apoyo al Consejo de Audiencias.
- La Oficina de Recursos Humanos notificará al estudiante ya otras personas involucradas la fecha y hora de la audiencia.
- El estudiante y las personas que respondieron pueden presentar una declaración al panel antes de la audiencia.
- Las partes se representarán a sí mismas en la audiencia. Los abogados y otros representantes (excepto los traductores) no están autorizados a asistir.
- El estudiante y la(s) persona(s) que responde(n) tendrán la oportunidad de:
- Hacer una declaración de apertura para resumir su preocupación,
- Presentar su versión de la historia y
- Indique el remedio que se busca.
- El Consejo de Audiencia puede hacer preguntas a las partes y requerir a otros empleados y solicitar a otros estudiantes información relevante al asunto para que asistan a la audiencia y respondan preguntas.
- El Panel de Audiencia puede establecer límites de tiempo.
- Dentro de los 10 días calendario posteriores a la audiencia, el Panel de Audiencia presentará su informe y recomendación al Presidente.
Paso tres: decisión del presidente
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- El Presidente, a su sola discreción, puede aceptar, modificar o reemplazar la decisión del Panel de Audiencia.
- El Presidente dictará resolución definitiva a los afectados en el plazo de cinco días naturales.
- La decisión del Presidente es definitiva y vinculante para todas las partes.
- Autoridad de Educación Superior de Nuevo México
Un estudiante que no esté satisfecho con la resolución a través de esta política puede seguir los pasos a continuación.- Estudiantes de educación no a distancia
El Departamento de Educación Superior de Nuevo México tiene autoridad para ayudar a facilitar la resolución de las quejas de los estudiantes solo después de que el estudiante haya utilizado todos los procedimientos internos de quejas en la institución educativa. Por favor visita https://hed.nm.gov/students-parents/nc-sara para obtener más información sobre el proceso de quejas de estudiantes del NMHED para estudiantes que no reciben educación a distancia. NMHED no revisará las quejas relacionadas con las calificaciones y las infracciones de conducta de los estudiantes. - Estudiantes de educación a distancia
El Consejo Nacional para Acuerdos de Reciprocidad de Autorización Estatal (NC-SARA) es un acuerdo entre estados miembros, distritos y territorios que establece estándares nacionales para la oferta interestatal de cursos y programas de educación postsecundaria a distancia. Santa Fe Community College es una institución aprobada por NC-SARA y el Departamento de Educación Superior de Nuevo México es la Entidad Portal de NC-SARA para Nuevo México. Los estudiantes de educación a distancia que asisten a SFCC que deseen resolver una queja deben seguir el proceso de quejas de estudiantes establecido por SFCC. Sin embargo, si un problema no se puede resolver internamente, puede presentar una queja de NC-SARA ante el Departamento de Educación Superior de Nuevo México. NMHED no revisará las quejas relacionadas con las calificaciones y las infracciones de conducta de los estudiantes. Por favor visita https://hed.nm.gov/students-parents/nc-sara or https://nc-sara.org/student-complaints para obtener más información.
- Estudiantes de educación no a distancia
Contacto: Della Gallegos Atencio, Oficial de Asuntos Estudiantiles
505-428-1714, della.gallegosatenci@sfcc.edu
Actualizado: 10/24/2024