Resumen de la política
Esta política se establece para abordar dos niveles de conflicto que involucran a los estudiantes de Santa Fe Community College (SFCC o College) identificados como:
- Preocupaciones tales como desacuerdos menores y similares; y
- Quejas que aborden asuntos más serios.
Alcance y aplicabilidad
Esta política se aplica a todos los estudiantes de SFCC.
Declaración de la política
El Colegio alienta la resolución informal y el diálogo en torno a las preocupaciones y quejas de los estudiantes. Cuando un estudiante busca una revisión formal de una inquietud o queja, existen parámetros generalmente aceptados por el Colegio que establecen límites en el alcance de lo que puede revisarse.
- Derechos y Responsabilidades reservados por el Colegio.
Las áreas que están reservadas por el Colegio como derechos exclusivos de administración no están sujetas a revisión. Los siguientes problemas están excluidos de la revisión en virtud de esta política:- Contenido de las políticas del Colegio;
- Problemas relacionados con el personal o la facultad de SFCC;
- decisiones de personal;
- Interpretación final del Presidente de una política o decisión final del Presidente sobre la aplicación de una política o recurso;
- Una revisión de una decisión que involucre al mismo estudiante y el mismo problema pero nombrando a otra persona que responde;
- Decisiones o directivas de la Junta de Gobierno u otras autoridades externas que tengan jurisdicción o responsabilidades programáticas sobre el Colegio;
- Prioridades de financiamiento y programas;
- Asignación de recursos, personal, equipo o espacio;
- Programación de operaciones, cierres, feriados y otros eventos;
- Asignaciones generales para matrícula y otros aumentos de tarifas;
- Horarios de clases y asignaciones de miembros de la facultad a las clases;
- infracciones de estacionamiento; y,
- Cualquier acción tomada en cumplimiento de una orden judicial, decisión de arbitraje, directiva estatutaria, ordenanza de la ciudad o del condado, o la decisión administrativa, reglas o reglamentos de una autoridad que tenga jurisdicción sobre el Colegio.
- Se alienta a los estudiantes a utilizar este proceso para resolver disputas y la universidad prohíbe estrictamente las represalias contra un estudiante que utiliza esta política para plantear inquietudes y quejas o para resolver conflictos. Cualquier estudiante que directa o indirectamente tome represalias contra un estudiante que participe en este proceso estará sujeto a medidas disciplinarias conforme a la Política 2-2 de SFCC, Acción correctiva y acción disciplinaria para estudiantes.
- Los estudiantes de SFCC están funcionando en un entorno académico, por lo tanto, no existe ningún requisito para establecer un estatuto de limitación. Los asuntos pueden abordarse para una revisión adicional si se abren según el estatuto estatal aplicable.
- El Presidente tiene discreción, con causa, para aceptar, modificar o rechazar, en su totalidad o en parte, la recomendación del Panel de Audiencia del Colegio después de reunirse con ellos. Si la decisión del presidente es diferente de la recomendación del panel de audiencia del colegio, el presidente comunicará los motivos de esa decisión por escrito o mediante una reunión con el panel de audiencia del colegio, después de lo cual se documentarán los motivos. La decisión del Presidente es definitiva y vinculante para las partes, a menos que la inquietud o queja sea con el Presidente, en cuyo caso el asunto será resuelto por la Junta de Gobierno.
Definiciones
- Consejo de Audiencias Universitarias Una lista de personas compuestas por miembros del personal y de la facultad que son nominados por los grupos de gobierno para ser miembros del consejo, han completado la capacitación de la Oficina de Recursos Humanos y pueden ser seleccionados para servir como miembros del Panel de Audiencias Universitarias para las audiencias de apelación presentadas por empleados o estudiantes.
- Panel de audiencia de la universidad se refiere a un panel de tres miembros que se forma a partir del grupo del Consejo de Audiencias de la Universidad según sea necesario para escuchar apelaciones de medidas disciplinarias tomadas por la Universidad contra un empleado o estudiante.
- Reclamaciones Las alegaciones de un estudiante o estudiantes de que una decisión o acción específica del Colegio, que afecta directamente a ese estudiante o estudiantes, constituye una violación de la política del Colegio.
- Inquietudes Referirse a desacuerdos menores que un estudiante tenga con otro estudiante o empleado del Colegio; o sobre una acción o decisión del Colegio que puede resolverse mediante mediación o discusión; o sobre un departamento universitario, proceso de departamento o problema de instalaciones.
Proceso de políticas
- Un estudiante puede presentar una inquietud para resolver cualquier problema en el que esté directamente involucrado. Las preocupaciones de los estudiantes son problemas que se pueden resolver a través de:
- Discusión informal entre las partes involucradas;
- Una discusión facilitada con el Oficial de Asuntos Estudiantiles; y,
- Como resolución final, la mediación.
- Un estudiante puede presentar una queja sobre un problema que lo afecta directamente con respecto a una decisión o acción de administración específica que, de ser cierta, constituiría una violación de la política del Colegio. Los ejemplos incluirían, entre otros, la discriminación que el estudiante cree que no se manejó adecuadamente, o el acoso racial o sexual que el estudiante cree que no se trató de manera adecuada o adecuada según las políticas apropiadas de la universidad.
- Las quejas de los estudiantes pueden resolverse utilizando los pasos de procedimiento para resolver las inquietudes de los estudiantes; o
- Un estudiante puede solicitar que la queja sea revisada ante un panel de audiencia de la universidad dentro de los 10 días posteriores al incidente o la decisión de la gerencia por la que está protestando.
- Un estudiante debe presentar un formulario oficial de quejas e inquietudes de SFCC.
- SFCC mantendrá registros y analizará tendencias de conformidad con el Título IV de la Ley de Educación Superior de 1965, la Comisión de Educación Superior y otras reglamentaciones. El Oficial de Asuntos Estudiantiles es responsable de administrar y mantener los registros de las inquietudes y quejas de los estudiantes, incluidos los informes del Panel de Audiencias de la Universidad. El Oficial de Asuntos Estudiantiles administrará los registros de manera consistente con FERPA (La Ley de Privacidad y Derechos Educativos de la Familia) y los requisitos de confidencialidad del Colegio.
Declaración de Rendición de Cuentas y Responsabilidad
El Presidente, a través del Vicepresidente de Asuntos Académicos y Estudiantiles o su designado y el Oficial de Asuntos Estudiantiles, será responsable de hacer cumplir las políticas y procedimientos relacionados con los estudiantes. El Vicepresidente de Asuntos Académicos y Estudiantiles y el Oficial de Asuntos Estudiantiles trabajarán con los departamentos y oficinas del Colegio para cumplir con esta política y desarrollar procedimientos que hagan cumplir esta política con respecto a la concientización, prevención y remediación.
Autoridad
Título IV de la Ley de Educación Superior de 1965
Comisión de Aprendizaje Superior
La Ley de Privacidad y Derechos Educativos de la Familia (FERPA) (20 USC § 1232g; 34 CFR Parte 99)
Política 2-1 Código de Conducta Estudiantil
Política 2-12 Expedientes Estudiantiles
Política 2-22 Acoso sexual estudiantil
Política 2-23 Discriminación y acoso estudiantil
Política 2-28 Política estudiantil sobre violencia sexual, conducta sexual inapropiada, violencia en las relaciones, violencia doméstica y acecho
Política 4-2 Acción correctiva y acción disciplinaria del empleado
APROBACIÓN
Aprobado por la Junta de Gobierno de SFCC: 12/13/06
Revisado y aprobado por la Junta de Gobierno: 11/30/16