Resumen de la política
- A excepción de las denuncias anónimas, cualquier denuncia de desempeño insatisfactorio se investigará de inmediato para determinar si existe evidencia que justifique un problema importante.
- Si se encuentra justificación, el colegio deberá proporcionar al empleado una especificación por escrito del problema, sugerencias para mejorar, un cronograma para remediarlo, una descripción de la evaluación subsiguiente que se llevará a cabo para determinar si se ha producido un progreso o mejora sustancial y las posibles consecuencias. si la remediación no funciona La universidad, a su discreción, puede colocar al empleado en un período de prueba disciplinario durante el período de remediación. (Consulte la Política 1-4, Amonestación, suspensión y despido de empleados contratados).
- Si no se encuentra la justificación, las alegaciones se borrarán de la memoria del empleado.
- Si bien la responsabilidad de la mejora recae principalmente en el empleado, la universidad reconoce la obligación de sugerir cómo el empleado puede mejorar el desempeño y brindar asistencia razonable hacia la meta de la mejora.
(APROBACIÓN DE LA POLÍTICA: 1-15-02, Junta de Gobierno de SFCC)
Propósito
Proporciona un proceso para investigar sospechas de debilidades importantes en el desempeño de los empleados contratados y describe los procedimientos para remediarlo.
Referencias Legales o Antecedentes
No se localizaron referencias legales sobre este tema en los estatutos de Nuevo México.
Definiciones
- Rendimiento insatisfactorio O una debilidad importante en el desempeño se define como una desviación de los estándares aceptables de desempeño establecidos por o para empleados profesionales contratados a tiempo completo (es decir, personal docente o administrativo) en el cumplimiento de sus deberes o responsabilidades laborales, según se indica en documentos tales como contratos de trabajo. , descripciones de puestos, manuales de empleados o planes de evaluación o las políticas y procedimientos formales de la universidad.
Declaración de Rendición de Cuentas y Responsabilidad
El Presidente, a través del Vicepresidente de Estrategia y Efectividad Organizacional, el Director de Recursos Humanos y la Oficina de Recursos Humanos, será responsable de hacer cumplir las políticas y procedimientos de recursos humanos. La Oficina de Recursos Humanos trabajará con los diferentes departamentos y oficinas para cumplir con esta política y desarrollar procedimientos que harán cumplir esta política en materia de concientización, prevención y remediación.
Procedimientos
- El supervisor inmediato, con la guía del supervisor a nivel de Gabinete apropiado, es responsable de investigar minuciosamente cualquier alegación de desempeño insatisfactorio.
- Se espera que el supervisor use técnicas, herramientas y procedimientos de investigación adecuados, relevantes, enfocados, rápidos y confiables para determinar si existe evidencia para corroborar la acusación.
- Si se encuentra evidencia comprobatoria que indique que puede existir una debilidad importante, el supervisor programa una reunión con el empleado para revisar la acusación y revisar la evidencia que respalda la acusación. El empleado cuenta con tiempo suficiente para revisar la información presentada y recopilar cualquier información que pueda refutar la acusación.
- El supervisor programa una reunión posterior con el empleado para revisar toda la información, evidencia y argumentos disponibles.
- Si, después de revisar toda la evidencia y la información, el supervisor concluye que la acusación está fundamentada, el supervisor redacta un plan de remediación, que se revisa con el empleado antes de que se finalice.
- El supervisor proporciona al empleado un documento escrito que especifica la debilidad identificada, el plan de remediación y la técnica de evaluación a ser
- El supervisor se reúne con el empleado de forma periódica y regular para revisar el progreso de la remediación. Después de cada reunión, tanto el supervisor como el empleado firman una declaración que documenta que se llevó a cabo la reunión. El supervisor archiva una copia con los demás documentos relacionados con el proceso de remediación y entrega una copia al empleado para sus archivos.
- El supervisor lleva a cabo una evaluación exhaustiva al finalizar el período de tiempo especificado (o antes, si es aceptable para ambas partes). Los resultados se comunican al empleado por escrito concluyendo que
- se ha logrado la remediación completa, o
- se ha producido un progreso sustancial y la debilidad identificada se está remediando aunque todavía se espera un progreso continuo, o
- no se ha hecho ningún progreso sustancial hacia la remediación.
- La falta de progreso hacia la remediación puede someter a un empleado a un período de prueba disciplinario u otra acción disciplinaria de acuerdo con la política y los procedimientos descritos en la Política 1-4, Reprensión, suspensión y despido de empleados contratados.
Directrices
- Aunque el colegio se impone a sí mismo la obligación de sugerir cómo un empleado puede mejorar su desempeño y brindar asistencia razonable al empleado que demuestre voluntad para abordar el problema y mostrar mejoras, la responsabilidad de realizar el trabajo de manera satisfactoria reside en el empleado individual; y la universidad no está obligada a ofrecer remediación en ningún caso en el que el empleado no coopere o demuestre falta de voluntad para reconocer un desempeño deficiente o continúe desempeñándose de manera insatisfactoria incluso después de que el problema haya sido informado al empleado o en cualquier caso en el que el comportamiento del empleado es juzgado tan atrozmente inaceptable como para merecer una acción disciplinaria inmediata que puede incluir el despido del
- Un supervisor que, consciente de un problema con un empleado, no toma las medidas apropiadas (incluidas medidas disciplinarias o medidas para remediar) para abordar el comportamiento inaceptable o el desempeño insatisfactorio de un empleado del que es responsable queda él mismo sujeto a acción disciplinaria o remediación por este
- El empleado tiene derecho a presentar una queja o agravio de acuerdo con los procedimientos de la Política 4-40, No renovación, Terminación y Despido, si él o ella disputa la existencia de un desempeño insatisfactorio o siente que no ha sido tratado. de manera justa y de acuerdo con las políticas universitarias establecidas y
Autoridad
SRO/OA/FRV
12-19-01
Actualizado: 815103

