Animales de servicio

Modificado: 8 de junio de 2018

Perros, salvo que se especifique lo contrario, que estén entrenados individualmente para realizar trabajos o realizar tareas para personas con discapacidades. El trabajo o la tarea para la que se ha entrenado a un perro debe estar directamente relacionado con la discapacidad de la persona. Los perros cuya única función es brindar consuelo o apoyo emocional no califican como animales de servicio según la ADA. Un Animal de Servicio en entrenamiento es un Animal de Servicio para los propósitos de esta política.

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